El Gobierno propondrá una enmienda a los Presupuestos Generales del Estado de 2016 en el Senado, en la que se establece que las ordenanzas fiscales de los ayuntamientos a partir del 1 de enero de 2016 podrán regular una bonificación sobre la cuota íntegra del IBI de naturaleza urbana en función de la calificación de eficiencia energética de los inmuebles.
En los inmuebles con ‘A’ (la calificación mas alta) se podrá introducir una bonificación de hasta el 20%. Para los de calificación ‘B’, la bonificación será de hasta el 16%, mientras que para los de calificación ‘C’, será de hasta el 12%. Cierran la tabla las calificaciones ‘D’ con hasta 8%, y ‘E’ con hasta el 4%.
Las calificaciones ‘F’ o ‘G’, o los inmuebles sin certificado energético no podrán beneficiarse de ninguna bonificación.
Para todo esto, la calificación energética del bien inmueble se deberá acreditar en el ayuntamiento a través de la presentación del certificado.
Según el Gobierno, de ésta manera se propone fomentar la construcción y adquisición de bienes inmuebles energéticamente eficientes, así como la realización de instalaciones u obras para la obtención de la referida certificación.
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