PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR LA LEY 3/2017, de 27 de junio, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2017 (BOE de 28 de junio)
Interés legal del dinero e interés de demora:
La DA 44ª LPGE 2017 regula el Interés legal del dinero:
Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM):
La DA 107ª LPGE 2017 establece la determinación del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM):
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Real Decreto-Ley 3/2004, de 25 de junio, para la racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional y para el incremento de su cuantía, el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) tendrá las siguientes cuantías durante la vigencia de esta ley:
- EL IPREM diario, 17,93 euros.
- El IPREM mensual, 537,84 euros.
- El IPREM anual, 6.454,03 euros.
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En los supuestos en que la referencia al salario mínimo interprofesional ha sido sustituida por la referencia al IPREM en aplicación de lo establecido en el Real Decreto-Ley 3/2004, de 25 de junio, la cuantía anual del IPREM será de 7.519,59 euros cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas extraordinarias; en este caso, la cuantía será de 6.454,03 euros.
Tipos impositivos reducidos:
Con efectos de 29 de junio de 2017 y vigencia indefinida, al objeto de promover el acceso y difusión de la cultura, se modifican los números 2.º y 6.º del artículo 91. Uno.2 de la Ley, minorando el tipo impositivo aplicable a los espectáculos culturales en vivo, que pasan a tributar al 10 por ciento.
Con efectos de 29 de junio de 2017 y vigencia indefinida, se modifica el primer guion del apartado octavo del anexo de la Ley, pasando a tributar al 10 por ciento las monturas de gafas graduadas para, de este modo, alinear su tributación con la que es aplicable a las gafas y lentes graduadas.
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