En ASL asesores queremos exponer el reciente dictamen de la Comisión Europea que sigue cargando contra el modelo 720 de la declaración de bienes y derechos situados en el extranjero.

En dicho dictamen, la Comisión insiste en que no está justificada una diferencia de trato de esta envergadura, pues un contribuyente que posee bienes en España debería tener la misma situación que otro contribuyente con bienes en el extranjero. Esto es debido a que al tener bienes en el extranjero, quedan obligados a una mayor carga administrativa -un tanto compleja además-, por no mencionar el desproporcionado régimen sancionador.

También subraya que el hecho de tener bienes en el extranjero no debería presuponer de por sí que dicha tenencia es con afán defraudatorio, cosa que se desprende del análisis del modelo y sus características.

Como último punto a mencionar, hacen énfasis en que una medida restrictiva -como es el modelo 720- debe respetar el principio de proporcionalidad, para ser justificada. Claramente dicho modelo no sigue la línea de la proporcionalidad al disponer del régimen sancionador especial de hasta el 150% del valor de los bienes y/o derechos.